La iniciativa busca corregir una situación que afecta a quienes reciben una infracción de tránsito sin encontrarse presentes: actualmente pueden perder el beneficio por pago anticipado antes de recibir la notificación formal. El proyecto propone que el plazo comience a contarse desde que la citación por carta certificada sea efectivamente practicada.

El diputado Roberto Arroyo (PDG) presentó un proyecto de ley para modificar el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local y resguardar la rebaja de 25% por pago anticipado de multas de tránsito cuando el infractor no estaba presente al momento de cursarse la denuncia. Actualmente, la Ley N°18.287 permite acceder al descuento si la multa se paga dentro de los cinco días siguientes a la denuncia, pese a que en estos casos la citación inicial puede quedar simplemente en el vehículo.

La iniciativa surgió tras el caso registrado durante Fiestas Patrias en las inmediaciones de la Fonda Doña Florinda, en La Florida, donde un video mostró a un cuidador informal retirando los partes dejados en los parabrisas de vehículos estacionados. Aunque aquello no invalida la infracción —pues la notificación formal se realiza posteriormente mediante carta certificada—, el propietario puede enterarse cuando ya venció el plazo para acceder a la rebaja.

“Hoy tenemos una norma que puede terminar castigando a una persona no por la infracción que cometió, sino porque nunca tuvo la posibilidad real de enterarse a tiempo. Si el parte se voló, se mojó, alguien lo retiró del parabrisas o simplemente no pudo dejarse porque el vehículo estaba en movimiento, no parece razonable que el conductor pierda automáticamente el descuento. Lo que proponemos es algo muy simple: que el plazo corra desde que existe una notificación efectiva y que nadie pierda un beneficio por una situación que estaba fuera de su control”, planteó Arroyo.

El proyecto establece que, tratándose de infracciones cursadas sin la presencia del conductor, el pago con la rebaja de 25% pueda efectuarse hasta el quinto día contado desde que se entienda practicada la citación por carta certificada. Además, permitirá realizar el trámite presentando la citación, la propia carta certificada o simplemente informando el rol de la causa o la placa patente del vehículo. La propuesta no condona multas ni modifica sus montos, sino que extiende el plazo para acceder a un beneficio que ya existe en la legislación.

Arroyo busca con ello corregir una inconsistencia del sistema vigente: la ley deja la citación en el parabrisas “sin adherirla”, pero exige posteriormente ese documento para acogerse al pago anticipado, mientras la carta certificada puede llegar cuando los cinco días ya transcurrieron. La modificación quedaría incorporada al artículo 22 de la Ley N°18.287 y se aplicaría a las citaciones practicadas después de la entrada en vigencia de la nueva normativa.